El capítulo Transparencia y Buen Gobierno, recoge el marco legal y la estructura organizativa de SENASA, así como las responsabilidades y derechos de cada miembro de la organización y las reglas a seguir para la toma de decisiones, tanto en el caso del Consejo de Administración como del personal directivo. Del mismo modo refleja, conforme a lo establecido en el apartado 8.1.g) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la información requerida en la citada ley.
La elaboración de este capítulo responde al propósito que consagra dicha ley en su preámbulo, de ampliar y reforzar las obligaciones de publicidad activa en los distintos ámbitos que comprende la Organización y de publicar la información relativa a las funciones que se desarrollan, a la normativa que resulta de aplicación y a la estructura organizativa.
Respecto al capítulo de Responsabilidad Social Corporativa, desde la publicación de la referida ley y en cumplimiento de sus previsiones, SENASA ha marcado líneas estratégicas de actuación empresarial para su implementación en el desarrollo del objeto social de la empresa. El impulso de las medidas que garantizan la igualdad entre mujeres y hombres, el desarrollo de una política social adecuada para los trabajadores, con el fin de conseguir una mayor promoción profesional y social a través de la concesión de ayudas sociales, y el reforzamiento de aquellas medidas destinadas a la sostenibilidad medioambiental, han sido las líneas de trabajo que más han destacado hasta hoy, dentro del balance general positivo del desarrollo de la norma.
DERECHO DE ACCESO
Para realizar cualquier consulta en materia de transparencia, el solicitante debe identificarse debidamente indicando nombre, apellidos, dirección de contacto y firma. Es obligatorio el uso del DNI electrónico o de un sistema de firma electrónica avanzada que esté reconocido para la identificación de un ciudadano ante la Administración Pública (en caso de que la solicitud se haga de forma electrónica). Cumpliendo estos requisitos, las consultas pueden tramitarse por correo postal, de forma presencial o a través de la web pinchando en SOLICITUD INFORMACIÓN.
SENASA, como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración General del Estado y de sus poderes adjudicadores, ya sean de derecho público o privado, y como referente en materia de formación aeronáutica tanto en entorno nacional como internacional, tiene como objetivo seguir desarrollando su actividad, con la misma calidad y vocación de servicio con que viene actuando desde su constitución y, al mismo tiempo, convertirse en un referente de actuación ética y responsable.
Por lo anterior, en 2015 SENASA aprobó su primer Código Ético con el objetivo de materializar estos compromisos, de conformidad con lo previsto en los artículos 140 y 143 del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas. En SENASA no nos conformamos solo con cumplir con la normativa, por lo que, con el transcurso del tiempo hemos ido ahondando en nuestro compromiso de gestión transparente y socialmente responsable. Por ello, el Consejo de Administración de SENASA, en junio de 2021, ha aprobado una modificación del Código Ético de la sociedad para que este sea fiel reflejo de los principios rectores y normas éticas de la misma.
El vigente Código Ético establece, por tanto, un conjunto de principios de conducta y unas pautas de actuación dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de todos los profesionales de SENASA en el desarrollo de su actividad, así como de todas aquellas personas vinculadas a esta empresa de manera directa e indirecta, y todo ello sobre la base de la Responsabilidad Social Corporativa y partiendo del rechazo absoluto a toda conducta o comportamiento que no sea éticamente responsable, o que infrinja la normativa vigente.
Además, hacemos más fácil y accesible el Buzón de Denuncias y Quejas, facilitando los canales de comunicación y ampliando los mecanismos previstos para que aquellas personas que deseen tramitar una consulta, sugerencia, reclamación o denuncia puedan hacerlo, incluso de forma anónima.
La Política de Seguridad de la Información constituye el conjunto de directrices que rigen la forma en que la organización gestiona y protege la información que trata y los servicios electrónicos que presta. También establece el marco legal y regulatorio de referencia, los principios rectores y los requisitos mínimos para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad, trazabilidad y legalidad de la información, todo ello de conformidad con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Será redirigido a la pasarela de autenticación que le permitirá seleccionar el tipo de certificado digital para verificar su identidad.
Una vez identificado, será redirigido a un formulario a través del cual podrá realizar su consulta.
Si su solicitud ha sido enviada correctamente, se mostrará un mensaje en pantalla indicándoselo.
Para completar el formulario es obligatorio disponer de Certificado de Usuario clase 2 CA de la FNMT-RCM, o bien incluido en su DNI electrónico, o bien instalado en su navegador. En este último caso, se admiten exclusivamente los siguientes tres tipos de certificados expedidos por la FNMT-RCM: de persona física, de persona jurídica, o de funcionario de la Aministración Pública.
Antes de comenzar, asegúrese de que cumple los siguientes requisitos técnicos:
Si aun así no consigue que funcione correctamente intentaremos ayudarle en nuestro Buzón de Soporte Técnico
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